¿Qué es el afiliado voluntario?
Es un nuevo tipo cotizante que permite a las personas que no ejercen actividad remunerada afiliarse voluntariamente a una AFP, y así ahorrar para una futura pensión. Se puede invertir hasta en 2 de los 5 Fondos de Pensiones disponibles. Se obtiene toda la rentabilidad del Fondo elegido.
¿Cómo Cotiza?
Las cotizaciones podrán realizarse en forma mensual o mediante un solo pago anual.
Si se realiza de forma mensual, la cotización no tiene limite en cuanto a su monto, pero no podrá ser inferior a la correspondiente a un ingreso mínimo.
También se puede realizar un solo pago anual por los meses y montos que estime conveniente.
Las cotizaciones pueden ser realizadas directamente por el afiliado voluntario o por un tercero en su nombre.
El trabajador dependiente cuyo cónyuge sea afiliado voluntario podrá solicitar a su empleador que le descuente de su remuneración el monto destinado a cotizaciones del cónyuge. El empleador podrá pagar las cotizaciones en la Administradora a la cual pertenezca el afiliado voluntario o a la cual pertenezca el trabajador dependiente. En el último caso, la Administradora deberá transferir los recursos del afiliado voluntario a su respectiva Administradora. La Administradora que recaudó el dinero tiene derecho a cobrar comisión por transferencia de cotizaciones.
Esta cotización no dará derecho de exención tributaria al trabajador dependiente.
Beneficios
- Permite a las personas que no realizan una actividad remunerada recibir pensión.
- El afiliado voluntario queda protegido por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia.
- Tendrá la opción de efectuar ahorro voluntario (Cuenta 2).
Importante
A contar de agosto de 2010, la ley estableció que todas aquellas personas que se afilien al sistema por primera vez, deberán cotizar obligatoriamente en la AFP adjudicataria de la licitación y deberán permanecer en ésta por un lapso de 24 meses. Por lo tanto los nuevos afiliados voluntarios (después de agosto de 2010), no podrán ingresar a AFP Cuprum.