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Seguro de Invalidez y Sobrevivencia :
Sepa cómo pagar sus cotizaciones previsionales
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A partir del 1 de Julio de 2009 entran en vigencia los cambios del Seguro de
Invalidez y Sobrevivencia (SIS) que afectarán las remuneraciones devengadas a
contar de dicho mes y que por tanto tendrán efecto en las cotizaciones pagadas
en el mes de agosto de 2009.
- Empresas con 100 o más trabajadores cotizantes y las entidades estatales,
deberán financiar la cotización del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia de
todos sus trabajadores exceptuando los trabajadores jóvenes que estén
percibiendo subsidio previsional.
A partir de julio de 2011 ésta medida se extenderá a todas las empresas.
- En empresas con menos de 100 trabajadores, el financiamiento del Seguro de
Invalidez y Sobrevivencia seguirá siendo cargo de los afiliados.
El costo del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia para todas las AFP, producto
de la licitación, será de 1,87% sobre la renta bruta de los trabajadores |
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Para empleadores con 100 o más trabajadores o entidades
estatales. |
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| Para empleadores que deban pagar la Prima
del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia: |
.Deberán indicar en la
columna número 4 de la planilla de pago el valor correspondiente al 11,48% de
la renta imponible del trabajador, donde el 10% es el ahorro obligatorio y el
1,48% es la comisión porcentual de la AFP.
.En la columna 5 de la planilla de pago se debe
incluir el 1,87% de la renta imponible del trabajador, monto que financiará el
Seguro de Invalidez y Sobrevivencia.
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Para empleadores con menos de 100 trabajadores |
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Para los empleadores que no deban asumir el costo de la Prima del Seguro de
Invalidez y Sobrevivencia, deberán pagar en la columna número 4 de la planilla
de pago el valor correspondiente al 13,35% de la renta imponible del
trabajador, que corresponde a las siguientes tasas:
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. Cotización Obligatoria
de
Capitalización
10%
. Comisión Porcentual de
la
AFP
1,48%
.
Prima del Seguro de Invalidez y
Sobrevivencia
1,87% |
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