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¿A
qué fondos puedo optar?
Desde el 1° de agosto de 2002 los afiliados pueden optar por uno de los 5 fondos de pensiones, con limitadas
excepciones. Actualmente la ley los asignó a uno de acuerdo a su edad. Sin
embargo, la opción de elegir un fondo siempre estará disponible para todos los
afiliados, hayan optado por uno o no.
¿Cómo será el traspaso a los fondos cuando el afiliado no elige?
Opciones y asignación
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Hombre y mujeres hasta 35 años
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Hombres entre 36 y 55 años y mujeres entre 36 y 50 años
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Hombres desde los 56 años y mujeres desde los 51 años
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Pensionados
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Para la Cotización Obligatoria puede elegir entre
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Todos los Fondos
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Todos los Fondos
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Fondo B, C, D Y E. Fondo A (cumpliendo requisitos)1
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Fondo C, D Y E. Fondo A y B (cumpliendo requisitos)1
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Para el APV y la Cuenta 2 puede elegir entre
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Todos los Fondos
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Todos los Fondos
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Todos los Fondos
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Todos los Fondos
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Si el afiliado no eligió un Fondo fue asignado al
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FONDO B
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FONDO C
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FONDO D
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FONDO D
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¹ Requisitos: Sólo aquella porción del saldo mantenido en la Cuenta de Cotizaciones Obligatorias que exceda al monto necesario para obtener una pensión de al menos el 70% del promedio de sus remuneraciones de los últimos 10 años y al 150% de la pensión mínima vigente, podrá ser invertido en cualquiera de los Multifondos.
Además los afiliados
podrán:
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Cambiarse de fondo todos los meses, si lo considera necesario (AFP Cuprum no
cobra comisión por este concepto).
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Mantener en fondos distintos su cotización obligatoria, su cotización
voluntaria, sus depósitos convenidos y sus saldos de la cuenta 2.
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Mantener los saldos de cada una de sus cuentas en un máximo de dos fondos por
cuenta.
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