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Ahorro Obligatorio

 

 

 

¿Qué pasa si soy trabajador independiente?

 

Con el fin de igualar derechos y obligaciones entre trabajadores dependientes e independientes, desde el año 2012 al 2014, el pago es obligatorio, salvo que el trabajador independiente exprese lo contrario cuando realice su declaración de renta ante el SII anualmente. Sin embargo, a partir del año 2015 es obligatorio.

A partir de enero 2012, la Reforma Previsional fijó un aumento gradual del porcentaje de cotización de su Renta Imponible (se considera el 80% de las rentas brutas gravadas):

 

 

Las obligaciones descritas anteriormente no aplicarán para aquellos trabajadores que tengan 55 años o más, en el caso de los hombres, o 50 años o más, en el caso de las mujeres, al 1° de Enero de 2012.

 

Para mayor información click aquí

 

Beneficios

 

Los trabajadores independientes que estén al día en sus cotizaciones tendrán derecho a los siguientes beneficios:

  • Garantiza una pensión para su futuro, la que dependerá de los aportes que se realicen y del tiempo que los hagan.
  • Si trabajaba como dependiente y se independizó, es recomendable seguir cotizando porque el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia, que tiene todo afiliado a una AFP, cubre en base al promedio de renta de los últimos 10 años, por lo tanto, si no cotiza se considera renta cero y baja el promedio.
  • El pago de las licencias médicas también se hace en base a las 3 últimas cotizaciones en la AFP. Si usted no cotiza tiene derecho a reposo pero no al pago de la licencia.
  • Cobertura del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, contemplado en la Ley N°16.744
  • Obtener los beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias, como optar a la pensión básica solidaria o aporte previsional solidario, si corresponde.
  • Acceder a la asignación familiar. Tienen acceso a ella los trabajadores que tienen cargas familiares y una renta inferior a $441.274.
  • Afiliarse a las cajas de compensación, con los siguientes beneficios: bonos por nacimiento, matrimonio, acceso a crédito, entre otros.

¿Cuál es la Renta Imponible a considerar para la cotización de los independientes?

  • La renta imponible será anual y corresponderá al 80% del conjunto de rentas brutas gravadas por el artículo 42 N°2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, obtenida por el afiliado independiente en el año calendario anterior a la declaración de dicho impuesto. Esta renta no podrá ser menor a un ingreso mínimo mensual, ni superior 12 veces el tope máximo imponible expresado en UF(actualmente 12 x UF70.30), para tal efecto la unidad de fomento a utilizar corresponderá a la del último día del mes de diciembre.

 Si va a cotizar como independiente, los pasos a seguir son los siguientes:

 

 1. Si ya está en Cuprum

  • Puede hacer las cotizaciones mensuales completando la Planilla de pago de trabajador independiente, la que podrá obtener aquí o en cualquiera de nuestras sucursales. Luego deberá dirigirse a cualquiera de las entidades recaudadoras con la que Cuprum tiene convenio, para realizar la cotización, ó realizar su cotización mensual a través de Internet en www.Previred.com.

2. Si no está en Cuprum

  • Primero deberá traspasarse a AFP Cuprum.
  • Si tiene la clave de seguridad adicional, podrá traspasarse a través de Internet en www.Cuprum.cl .
  • Si no tiene la clave debe solicitarla a su actual AFP, que deberá hacérsela llegar a la dirección que usted le indique en un plazo máximo de 5 días hábiles.
  • Luego, para hacer las cotizaciones mensuales siga los pasos del punto anterior.
 

 

 

Sitios de Interés
 
SuperIntendencia de Pensiones
 www.spensiones.cl
 
Previred
 www.previred.com
 
Servipag
 www.servipag.cl

 
Superintendencia de Valores y Seguros
 www.svs.cl

 
AFC Chile
 www.afcchile.cl
 
Bolsa de Empleo
 www.bolsadeempleo.cl

 

 

Validación de Certificados

En esta sección usted podrá validar todos los certificados emitidos por AFP Cuprum. Al ingresar el Rut del afiliado y el folio que aparece en la parte superior derecha, se le desplegará una copia del certificado a validar.