SAN: suma de los movimientos del año, el saldo de arrastre del año anterior y el remanente de años anteriores.
Movimientos del año: suma de los depósitos menos los retiros reajustados cada uno por IPC y proporcionalidad del mes del movimiento (Monto Ajustado). Por ejemplo: si usted lo realiza en octubre, sólo 3/12 de su depósito ingresará este año como SAN positivo y 9/12 ingresarán al siguiente año como SAN positivo. Lo mismo ocurre con los retiros, pero ingresan como SAN negativo.
Saldo de arrastre año anterior: se genera por la proporcionalidad del mes que no se consideró el año anterior.
Remanente: se genera cuando el SAN no ha sido utilizado para obtener crédito fiscal, por superar el menor valor entre 65 UTA y 30% de su base imponible del Global Complementario.
CERRAR
Usted puede acoger su ahorro al régimen establecido en el Artículo 57 bis de la Ley de la Renta, para lo cual deberá hacer una elección explícita, mediante un formulario al momento de abrir la cuenta o con posterioridad a través del sitio web.
Por cada año en que usted deposite más de lo que retire obtendrá un crédito sobre el Impuesto Global Complementario equivalente al 15% del llamado Saldo de Ahorro Neto (SAN) positivo del año. Si en cambio, el SAN es negativo, se generará un débito del 15% del SAN sobre ese impuesto.
El SAN consiste en la suma de los depósitos menos los retiros del año, reajustados cada uno por IPC y proporcionalidad del mes del movimiento. Si durante cuatro años seguidos el ahorrante posee Saldo de Ahorro Neto Positivo, a partir del quinto año podrá retirar hasta 10 UTA ($4.700.000 aprox.) anuales libres de impuesto.
El límite anual del Saldo de Ahorro Neto Positivo que puede utilizar para obtener crédito es el menor valor entre 65 UTA ($30.900.000 aprox.) y el 30% de su base imponible del Global Complementario. La mayor devolución de impuesto que se puede recibir como crédito al Impuesto Global Complementario es el 15% del Saldo de Ahorro Neto Positivo del año.
Si tiene Cuenta 2 y su plazo de ahorro es superior a cuatro años, puede ser interesante acogerse al Régimen de Tributación 57 bis.
Fije la tasa de impuestos sobre rentabilidades ganadas en un 15%, muy conveniente si su tasa de impuesto es mayor.
Obtenga cada año un crédito del 15% de su Saldo Ahorro Neto (SAN*) positivo sobre el Impuesto Global Complementario.
Cada año que obtenga SAN negativo, tendrá un débito del 15% del SAN sobre el Impuesto Global Complementario. Sin embargo, al tener 4 años consecutivos de SAN positivo, a partir del 5to. pagará el 15% sólo sobre la parte del SAN que exceda a 10 UTA ($4.700.000 aprox.).
*SAN: Suma de los movimientos del año, el saldo de arrastre del año anterior y el remanente de años anteriores.
Rut
Clave
Simulador no considera otros instrumentos acogidos al 57 bis que usted posea fuera de AFP Cuprum ni ningún tipo de rebaja a la Base del Global Complementario (ejemplo: Depósito directo de APV Régimen B). Si su ahorro en Cuenta 2 está acogido a 57 bis antes del año 2004, el simulador no considerará los saldos de arrastre que se puedan haber ocasionado.